LICENCIAS
¿Qué es la
propiedad intelectual?
Es el conjunto de derechos de autor, personales
(morales) y patrimoniales (económicos) que corresponden a los autores sobre las
obras de su creación.
En otras jurisdicciones y para la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) engloba tanto los derechos de propiedad industrial como los derechos de propiedad intelectual (derechos de autor y similares).
En otras jurisdicciones y para la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) engloba tanto los derechos de propiedad industrial como los derechos de propiedad intelectual (derechos de autor y similares).
Normas que
regulan la propiedad intelectual.
La principal norma legislativa es el Texto Refundido
de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/1996 de 12 de abril.
También hay que tener en cuenta las Directivas Comunitarias sobre la materia.
Y como normas internacionales: el Tratado de la Unión de Berna (1886) y revisado sucesivamente, y los Tratados de la OMPI (20-12-1996), uno sobre derechos de autor y otro sobre derechos afines.
También hay que tener en cuenta las Directivas Comunitarias sobre la materia.
Y como normas internacionales: el Tratado de la Unión de Berna (1886) y revisado sucesivamente, y los Tratados de la OMPI (20-12-1996), uno sobre derechos de autor y otro sobre derechos afines.
Obras que son
objeto de la propiedad intelectual.
Todas las creaciones originales literarias, artísticas
o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible,
actualmente conocido o que se invente en le futuro.
Obras que no
son objeto de propiedad intelectual.
En general, todo lo que no entra en la definición
anterior, como son las ideas, la información, y todo conocimiento (patrimonio
común); no es susceptible de apropiación.
Los derechos de
autor.
Pueden ser de dos clases: morales o económicos.
Los derechos morales, como los derechos de autoría o
el de integridad de la obra.
Los derechos
económicos, temporales y transferibles, como los derechos de explotación.
No es necesario inscribirse en el Registro de la
Propiedad Invidual, ya que nacen en el momento decreación de la obra, el
Registro es únicamente, un medio de protección y de prueba de derechos.
¿Qué es el
copyright?
Reseñable por su importancia mundial, es el sistema
angloamericano de derechos de explotación de una obra. En nuestro sistema de
derechos de autor (europeo continental) es un símbolo © que asociado a un
nombre indica la titularidad por parte del creador de derechos de explotación.
¿Qué es el
copyleft?
Movimiento alternativo que aboga por las licencias
libres, las licencias copyleft son las que exigen que se compartan las obras
derivadas que se creen con una licencia igual o equivalente.
¿Qué son las
licencias Creative Commons?
Son licencias
en las que el autor otorga a la comunidad una mayor libertad de uso sobre su
obra aunque bajo determinadas condiciones, existiendo en España, unos 6 modelos
de CC en la actualidad:
Reconocimiento (by): Se permite
cualquier explotación de la obra.
Reconocimiento – NoComercial (by-nc): Se permite la
generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial.
Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa): No se
permite un uso comercial de la obra
original ni de las posibles obras derivadas, solamente con una licencia igual a
la obra se podría.
Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite
un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.
Reconocimiento – CompartirIgual (by-sa): Se permite el
uso comercial de la obra y de las posibles
obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual
a la que regula la obra original.






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